- Presenta el diputado Cuauhtémoc Pola una Iniciativa con Proyecto de Decreto, para mejorar el Sistema de Agua y Saneamiento Metropolitano Veracruz-Boca del Río-Medellín
Xalapa, Ver.
Para mejorar el trabajo institucional, administrativo y financiero del Sistema de Agua y Saneamiento Metropolitano Veracruz-Boca del Río-Medellín (SAS), el diputado local Cuauhtémoc Pola Estrada propuso que el director del organismo cuente con experiencia profesional, técnica y administrativa –de al menos cinco años– en materia de aguas reguladas.
El Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LXIII Legislatura del Estado consideró que para el SAS es imperioso tener al frente a un profesional que revise las estrategias para avanzar hacia la autosuficiencia financiera, que busque los mecanismos para fortalecer la eficiencia comercial y aumentar la cobertura de los servicios de agua potable y alcantarillado en la zona metropolitana, así como disponer de un organismo autosustentable.
Para ello, el Diputado presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley número 21 de Aguas del Estado de Veracruz, turnada a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, para su análisis y dictaminación.
El Director del Sistema deberá cumplir con los requisitos que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre, será designado y removido por el Ayuntamiento, a propuesta del Órgano de Gobierno, y contará con un título profesional de Ingeniero Hidráulico expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.
ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR
Cuauhtémoc Pola recordó que, de acuerdo con la Ley de Aguas del Estado de Veracruz, el Director General de la Comisión del Agua del Estado de Veracruz (CAEV), así como de un organismo operador de agua, tiene entre sus principales atribuciones presentar al Consejo de Administración, para su aprobación, las acciones de planeación y programación de los servicios públicos a su cargo.
También, tramitar ante las autoridades competentes, previo acuerdo del Consejo de Administración, la expropiación, ocupación temporal, total o parcial de bienes o la limitación de derechos de dominio, así como elaborar el programa operativo anual de la Comisión y someterlo a la aprobación del Consejo de Administración, para ejecutarlo posteriormente.
Está facultado también para coordinar las actividades técnicas, administrativas y financieras de la Comisión para lograr mayor eficiencia, eficacia y economía, y celebrar los actos jurídicos de dominio y administración necesarios para el funcionamiento del organismo, previo acuerdo del Consejo de Administración.
Además, gestionar y obtener financiamiento para obras, servicios y amortización de pasivos; suscribir créditos o títulos de crédito, contratos u obligaciones ante instituciones públicas o privadas; ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración y ordenar la práctica de visitas de inspección y verificación, conforme a las leyes aplicables.
Podrá también sancionar a los usuarios por infracciones a las disposiciones de la ley en la materia; resolver el recurso administrativo de revocación que se interponga en contra de sus resoluciones y someter a la aprobación del Consejo de Administración el proyecto de Reglamento Interior del organismo.
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