viernes, 19 de diciembre de 2014

Crearían Centros de Mediación Escolar, contra elBullying

·         Necesario, tomar medidas acordes con la realidad actual, considera la diputada Octavia Ortega al presentar una iniciativa que reforma la Ley contra el Acoso Escolar para el estado



Con el propósito de que se resuelvan y eviten los casos de acoso escolar que se suscitan en los planteles de la entidad, la diputada local Octavia Ortega Arteaga propuso crear en Veracruz los Centros de Mediación Escolar como órgano encargado de recibir, dar seguimiento y resolver los conflictos entre educandos, educadores o instituciones.

A través de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley contra el Acoso Escolar para el Estado, explica que la legislación estatal en materia de acoso escolar, lejos de resolver el problema, ha creado innumerables situaciones sin solución para educandos y educadores, al no poder evitar el nacimiento de nuevos conflictos, resultado de la aplicación de sanciones a cualquiera de las partes sin tener en cuenta los intereses de las víctimas.

En esta iniciativa, turnada a la Comisión Permanente de Educación y Cultura, Octavia Ortega plantea ampliar el catálogo de factores para resolver los casos de acoso escolar, y convertir este órgano en modelo nacional, además de adaptarlo al nuevo sistema acusatorio adversarial, establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, garantizando plenamente el respeto irrestricto de las garantías constitucionales.

Además, recordó que ya varios países cuentan con un sistema como el que se propone y se mencionan en documentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos del Niño (20 de noviembre de 1959), Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (reglas de Beijing, 28 de noviembre de 1985), Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (directrices de Riad, 14 de diciembre de 1990) y la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, y que entró en vigor para México el 21 de octubre de 1990).

En el caso de esta iniciativa y como modelo garantista, se toma como eje rector el principio del interés superior de los niños y los adolescentes, que se traduce en la necesidad de crear un sistema de medios alternos de solución de controversias, basado en el derecho de mínima intervención; es decir, que el Estado no opere como vigilante, sino como garante de que las partes puedan llegar a un acuerdo en el que ambas partes salgan beneficiadas.

En la propuesta legislativa se promueve la regulación de la conformación de los Centros de Mediación Escolar, que pueden ser de una o de un conjunto de escuelas, pero obligatoria para cada plantel de la entidad, además de la certificación del Centro de Mediación, del director y los mediadores.

Con ello, también se obliga a la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) a crear un registro de las instituciones educativas del estado que cuenten con su Centro de Mediación Escolar o de aquellas que se conformen por dos o más escuelas; además también obliga a los centros a guardar reserva sobre la información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno, educador o institución.

A través de un transitorio, la legisladora propone que, en un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la reforma, cada institución educativa cuente con su Centro de Mediación Escolar certificado.

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